Esta respuesta es muy sencilla y concreta: Sí, puedes. A continuación te daré en dónde permite la Iglesia la donación de órganos
Donación de órganos de un católico.
En el catecismo de la Iglesia Católica, número 2296 (CEC 2296) Nos dice lo siguiente:
El trasplante de órganos es conforme a la ley moral si los daños y los riesgos físicos y psíquicos que padece el donante son proporcionados al bien que se busca para el destinatario.
Hasta este punto, hablamos de una donación de órganos de alguien que se encuentre en vida, pero es que el mismo número nos sigue hablando de la donación cuando alguien fallece:
La donación de órganos después de la muerte es un acto noble y meritorio, que debe ser alentado como manifestación de solidaridad generosa.
En el camino me he encontrado con muchas personas que le tienen miedo a la donación de sus órganos, cuando en realidad nos referimos de la ayuda a otro hermano para salvar su vida.
Sin embargo, también es importante el respeto de su decisión, en caso de tener la oportunidad y la de sus representantes. Entonces seguimos leyendo en el mismo número lo siguiente:
Es moralmente inadmisible si el donante o sus legítimos representantes no han dado su explícito consentimiento. Además, no se puede admitir moralmente la mutilación que deja inválido, o provocar directamente la muerte, aunque se haga para retrasar la muerte de otras personas.